Suelo de las hipotecas
Publicado por Merlina - 18/05/10 a las 11:05:11 pm
El suelo de las hipotecas, constituye el tipo de interés mínimo que muchas entidades financieras han incluído en cláusulas en sus hipotecas y que todavía evita que el 29% de los hipotecados disfrute de tipo inferiores al 3% que se están observando en el mercado.
Estos datos surgen de un informe efectuado por el Banco de España y a pedido del Senado.
Las cláusulas de suelo fueron incluidas por las entidades para protegerse ante caídas muy pronunciadas de los tipos de interés. Justamente, en este contexto de tipos de interés en mínimos históricos, constituye la causa de desvelo de muchos españoles.
El piso impuesto, en promedio, es del 3,01%. Cifra muy superior al 1,26% que marcó el Euribor al cierre de abril.
Sin embargo, el informe del Banco de España, ha dejado en claro que: “si las cláusulas que se incluyan en los préstamos hipotecarios están redactadas en forma clara y comprensible, deben considerarse libremente pactadas”. Esto implica que no deben ser consideradas como abusivas sino como una parte más del precio del préstamo.
Esta situación que no es del agrado de muchos, se ve reforzada por el hecho de la baja protección que tiene el cliente cuando la situación es inversa, es decir, ante la subida de los tipos de interés.
Los denominados “techos” de las hipotecas, ni siquiera constituyen una cláusula del contrato, en la mayoría de los casos. En aquellos préstamos hipotecarios en los que se ha fijado un techo, este suele ser demasiado elevado (en torno del 13,56%, de media), con lo que el cliente se encuentra virtualmente desprotegido.
Por supuesto, que ante una hipoteca en condiciones de desventaja, el cliente siempre tiene la opción de trasladar su hipoteca a otra entidad, y con ello, mediante la subrogación hipotecaria conseguir una oferta de calidad superior a la que posea en la actualidad.




