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El impuesto sobre bienes inmuebles (IBI)

 

El impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) es un tributo directo de carácter real, de titularidad municipal y pago obligatorio que grava el valor catastral de los bienes inmuebles.

La regulación de este impuesto está a cargo de cada comuna por lo que se atribuyó a los ayuntamientos la facultad de exigir la presentación de la declaración catastral de nueva construcción para la tramitación del procedimiento de concesión de la licencia que autorice la primera ocupación de los inmuebles.

El carácter urbano o rústico del inmueble dependerá de la naturaleza de su suelo. Se entiende por suelo de naturaleza urbana el clasificado por el planeamiento urbanístico como urbano y los terrenos urbanizables según el planeamiento.

Los distintos ayuntamientos a lo largo y ancho del país han fijado distintas tasas que gravan los inmuebles ubicados en su territorio, de este modo, vivir en una u otra capital de provincia no es neutral desde el punto de vista de los impuestos que paga el ciudadano.

 
La erogación compulsiva que debe hacer un propietario no está vinculada a el tamaño o desarrollo de la ciudad en que viva, ya no es relevante que esa ciudad tenga mayor o menor número de habitantes, porque los impuestos municipales tienen una relativamente amplia elasticidad.

 
En Huelva, por ejemplo, rige el tipo más elevado del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI) entre las 52 capitales de provincia, el 1,062%, un tipo que más que duplica el que se viene aplicando en ciudades como Toledo, Soria, Burgos o Cuenca, donde la tasa aplicada no llega al 0,5%.

 
Dado que el impuesto se calcula sobre el valor catastral de la propiedad numerosas provincias, han efectuado revisiones tanto de este valor, como de los tipos aplicados por los ayuntamientos. Esta acción deviene en un incremento de los valores catastrales y consecuentemente de los impuestos que los ciudadanos deben soportar.

 
Entre las seis mayores ciudades españolas, la más cara es Sevilla, que ocupa el sexto lugar nacional con una cuota de 97,07 euros. Barcelona y Valencia ocupan los puestos 12 y 13, con cuotas de 86,08 euros y 86,06 euros, respectivamente. Málaga va en el puesto 16, con 83,69 euros de cuota.

 
Hasta el puesto 24 no aparece Madrid, con una cuota de 71,02 euros en tanto que Zaragoza ocupa el puesto 36 con 62,5 euros de cuota y Bilbao el 39, con 59,72 euros de cuota. La capital más “barata” es Pamplona debido a que, como en el caso de Bilbao, no se han revisado los valores catastrales.

 
De esta forma, se producen diferencias sustanciales entre las distintas ciudades del país, y la apreciación de su efecto debe ser tomada en consideración a la hora de realizar una inversión inmobiliaria.

¿Qué nos ofrece la Hipoteca Bonificada de Caja Madrid?

En esta ocasión visitamos una sucursal de Caja Madrid en la capital para conocer de primera mano cuál es su oferta hipotecaria para una pareja con ingresos cercanos a los 3.000 euros y que busca un piso en torno a los 200.000 – 250.000 euros.  Lo primero que nos comunican es que la caja no está financiando más allá del 80% del valor de la compra-venta o de la tasación (en realidad menor de los dos), por lo que deberíamos aportar el 20% restante más un 10% adicional para gastos según los cálculos de la entidad.

caja-madrid

Después de un rato explicando nuestra situación personal llega el momento de ‘elegir’ hipoteca y la propuesta del asesor es la Hipoteca Bonificada Caja Madrid. Este tipo de préstamos bonifica la vinculación con la entidad a través de productos adicionales con reducciones en el diferencial de la hipoteca. De esta forma, cuantos más se contraten menor será el diferencial de la hipoteca respecto al euribor (el índice de referencia). El problema es que el grado de vinculación se revisa semestralmente, por lo que el diferencial puede variar.

Como es lógico, la Hipoteca Bonificada Caja Madrid es una hipoteca a tipo variable, aunque cuenta con un periodo inicial de seis meses a tipo fijo con un interés del 3,25%. A partir de entonces entra en vigor la parte variable con unos intereses de Euribor + 0,8 si se cumplen todos y cada uno de los reguisitos que bonifican el préstamo.

Los elementos que bonifican esta hipoteca de Caja Madrid son:

  • Domiciliar la nómina. En principio se puede elegir cualquier cuenta corriente que se pueda contratar en una oficina de la entidad. Domiciliar la nómina resta 0,4 puntos al diferencial.
  • Tarjeta de débito y crédito. Es obligatorio contar con ambas. La de débito tiene un coste anual de 12 euros no negociables. La de crédito se puede elegir entre toda la oferta de Caja Madrid, que por fortuna cuenta con opciones a coste cero y no se exige ningún gasto mínimo anual. Bonifican 0,1 puntos la hipoteca.
  • Domiciliar tres recibos. Bonifica 0,1 puntos a la hipoteca.
  • Seguro del hogar. Se trata de un seguro obligatorio del que Caja Madrid es siempre el beneficiario hasta que se paga la hipoteca. Asegura el continente y su coste anual es de unos 150 euros para las condiciones anteriormente mencionadas. Bonifica 0,2 puntos la hipoteca.

En caso de incumplir todos los requisitos el tipo de interés sería euribor + 1,6, aunque en ese caso puede que se incluyesen avales adicionales entre los requisitos. Y es que además de estas opciones, hay otra serie de productos que sí son obligatorios. Estos son:

Seguro de Vida. Caja Madrid ofrece dos posibilidades, pago único o anual. En el segundo caso la cantidad asciende a cerca de 300 euros para una persona de 30 años sin problemas previos de salud. El seguro debe mantenerse durante toda la vida del prestamo.

Seguro de desempleo. También ofrece dos posibilidades: pago único o anual. El coste aproximado es de 300 euros y es obligatorio dependiendo de la situación laboral de los solicitantes. La entidad lleva a cabo un estudio a tal efecto.

En cuanto al resto de condiciones, Caja Madrid cobra una comisión de apertura del 0,25% y una comisión por amortización total del 0,25%. La Hipoteca Bonificada no tiene suelo hipotecario, es decir, no hay una cláusula de interés mínimo, pero sí un techo en el 12% de forma que los intereses que cobre la entidad nunca podrán superar ese porcentaje.

La actitud de Caja Madrid ha sido muy colaborativa en todo momento y no se han negado a comunicarnos ninguna de las condiciones ni a responder a ninguna de las preguntas. De hecho, también nos han comentado que se puede solicitar una financiación superior al 80% del valor de la vivienda a través de avales adicionales, pero es extremadamente complicado y rara vez se concede.

En términos generales se trata de una oferta en la media del mercado. La vinculación que exige Caja Madrid es la habitual, aunque el seguro por desempleo quizás sea excesivo, sobre todo habida cuenta de los 300 euros anuales que supone. Se puede encontrar mejores opciones en el mercado y para ello lo mejor es acudir a nuestro comparador de hipotecas.

Imagen | Aditza121

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